Viceconsejería
Información general
Biografía
Nacido en Málaga (1970), es diplomado en Turismo por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales y experto en Derecho del Turismo por la UNED. En 1996 fue designado director de la junta de distrito de Campanillas de la capital malagueña y en 1999 fue elegido concejal en el Ayuntamiento de Málaga, cargo que volvió a ostentar en 2011. También ha desempeñado varios puestos en las áreas de Comercio, Industria, Empleo y Gestión de parques industriales. Entre 2012 y 2015 fue parlamentario autonómico, siendo portavoz de la comisión de Administración Local y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Ha sido concejal en Benalmádena y diputado delegado de Cultura en la Diputación de Málaga. Hasta la actualidad era viceconsejero de la extinta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
Funciones
1. La persona titular de la Viceconsejería ejerce la jefatura superior de la Consejería después de su titular, correspondiéndole la representación y delegación general del mismo y la dirección y coordinación de las secretarías generales y demás órganos directivos. Asimismo, asumirá las funciones específicas que la persona titular de la Consejería expresamente le delegue y las demás previstas en el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. Le corresponde, en particular, la relación con las demás Consejerías y entidades, la coordinación administrativa entre los distintos órganos de la Consejería, y su supervisión y control, tanto en los servicios centrales como en los periféricos.
3. Del mismo modo, corresponde a la persona titular de la Viceconsejería velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la persona titular de la Consejería, así como el seguimiento de la ejecución de los programas de esta.
4. Le corresponde igualmente velar por la transversalidad en el cumplimiento del principio de igualdad entre mujeres y hombres en todas las actuaciones de la Consejería.
5. Queda adscrita a la Viceconsejería la Unidad de Transparencia prevista en el artículo 41.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. Igualmente, le corresponde a la Viceconsejería la coordinación general en materia de transparencia, sin perjuicio de las competencias asignadas en dicha materia a los distintos órganos directivos según la normativa vigente.
6. Se le atribuye a la Viceconsejería la planificación, dirección, impulso y coordinación de la información, comunicación y difusión de la Consejería y de sus servicios y entes adscritos, la edición de publicaciones oficiales, así como la elaboración y publicación de la producción estadística y cartográfica de la Consejería.
7. Dependerán orgánicamente de la Viceconsejería:
a) La Secretaría General para el Turismo.
b) La Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea.
c) La Secretaría General Técnica.
8. A través de la Viceconsejería quedan adscritas orgánicamente la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y el Deporte de Andalucía, S.A., y la Fundación Real Escuela Andaluza del Arte Ecuestre, sin perjuicio de la adscripción funcional de dichas entidades.