Intercambio de Funcionarios entre la Comisión y los Estados Miembros

El intercambio se realiza en condiciones de voluntariedad, simultaneidad y reciprocidad (los funcionarios que realizan el intercambio deben desempeñar un puesto de trabajo de la misma área funcional) y, como principio básico, no tendrá lugar en el país de origen del candidato.

Su duración es de seis meses a dos años.

Los gastos correspondientes al funcionario estatal o autonómico de que se trate serán costeados en su totalidad por la respectiva administración de origen, no existiendo por tanto, más retribución que la que conceda esa administración de origen.

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