[LAGEPYME] Novedad legislativa: Real Decreto 614/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis
Se trata de una modificación del Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
Los nuevos depósitos de acumulación entre 250 y 750 litros y los Inter acumuladores de doble tanque con volumen de acumulación de agua inferiores a 750 litros, de instalaciones de agua caliente sanitaria (ACS), deberán cumplir con la Norma UNE-EN 12897:2017 +A1 :2020.
Establece nuevos criterios para la toma de muestras: Se establecen nuevos criterios para la toma de muestras de agua, en función de si la instalación tiene un PPCL (Plan de Prevención y Control de Legionela) o un PSL (Plan de Seguimiento de Legionela):
- Para las instalaciones con PPCL: Se seguirán los anexos V y VI del Real Decreto. Destacando en los sistemas de agua caliente sanitaria: Desaparece el muestreo en los puntos medios. Se reducen los puntos mínimos de toma de muestra para las instalaciones con 10 o menos puntos terminales. El muestreo del hierro se limita sólo si el sistema dispone de partes metálicas que contienen hierro en su composición. Para las piscinas se aplicará lo establecido en el RD 742/2013 en cuanto a frecuencia de muestreo.
- Para las instalaciones con PSL se aplicarán los apartados 1, 2 y 3 del anexo V (parte A) y el anexo VI.
Fuente noticia: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. (2024).
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