[LADEP] El Gobierno de España aprueba incluir la silicosis como incapacidad permanente

Ya reconocida como enfermedad profesional desde hace años, a partir de ahora la persona afectada podrá recibir una prestación económica desde la Seguridad Social
Andalucía, 03/01/2024

Ya el Real Decreto 1299/2006 reconocía la silicosis dentro del listado de enfermedades profesionales. Esto significa que, según la normativa vigente, cuando una persona en nuestro país desarrolla silicosis debido a su actividad laboral, puede ser considerada una enfermedad profesional siempre que se cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, ha de demostrarse fehacientemente la relación causa-efecto de la enfermedad por exposición a partículas de sílice directamente en su entorno laboral, a través de cuantas pruebas médicas, testimonios de compañeros y análisis de las condiciones laborales concretas de esa persona sean necesarias. También debe constatarse que se ha producido una exposición prolongada y habitual a las partículas nocivas de sílice, requiriéndose un diagnóstico médico oficial de silicosis para el proceso de reconocimiento, con el respaldo de cuantas pruebas clínicas y radiológicas se consideren necesarias. Por último, es necesario que la persona afectada notifique a la empresa en la que, presuntamente, ha contraído la enfermedad, su diagnóstico de silicosis, y a continuación presentar el reconocimiento de esta enfermedad profesional ante la seguridad social, teniendo en cuenta ceñirse a los plazos establecidos por la legislación vigente para el efectivo reconocimiento (Fidelitis, 2023).

El año 2023 finaliza con buenas noticias para este colectivo de trabajadores afectados por esta enfermedad profesional, y es que el Congreso de los Diputados aprobó en diciembre una iniciativa para equiparar los actuales coeficientes reductores para los jubilados del sector de la extracción de la piedra, granito y pizarra a los de otros colectivos y para reconocer la incapacidad permanente ante un diagnóstico de silicosis.

La iniciativa aprobada permitirá, en primer lugar, el reconocimiento de la situación de incapacidad permanente total para los trabajadores con silicosis de primer grado. Por otro lado, se revisarán los actuales coeficientes reductores asignados de modo que, cuando menos, se equiparen los de las categorías de la minería exterior con los de la minería interior (OKdiario, 2023).

La incapacidad permanente es una prestación económica que da la Seguridad Social a aquellas personas que, ya sea por una enfermedad o por un accidente, se ven obligadas a reducir su capacidad laboral o a tener que abandonarla de forma definitiva. Existen varios grados de incapacidad permanente, siendo la Incapacidad Permanente Total la que permite a la persona afectada seguir realizando otras actividades compatibles con su estado de salud.

La silicosis es una enfermedad fibrótica del pulmón causada por inhalación de partículas de sílice, y que tiene un carácter incapacitante, es progresiva, y carece de tratamiento, siendo por tanto potencialmente mortal. La presencia de partículas de sílice en ciertos contextos laborales es variable, desde muy pequeñas que no llegan a las 3 micras, las de tamaño mediano de alrededor de 5 micras, y las de gran tamaño, que son las mayores, de 10 micras. En cualquier caso, todas ellas con propiedades aerodinámicas, y que se presentan en concentraciones y densidad muy variables, lo que condiciona su inhalación en mayor o menor cantidad y tiempo. En función a estos factores, el sistema respiratorio del trabajador expuesto las va controlando mecánicamente. Así, las de gran tamaño se quedan en las fosas nasales, en cornetes y nasofaringe. Las medianas y pequeñas logran pasar y alcanzan el tracto respiratorio medio e inferior. Pero, las menores de 1 micra, que son además las más numerosas, llegan el tracto respiratorio inferior, ya que no son atrapadas ni retenidas; entran con la inspiración y salen en la espiración, por eso se les llama ‘partículas respirables’. Del balance entrada/salida de estas partículas depende el desarrollo de la silicosis, ya que el organismo humano carece de vías metabólicas para manejar las partículas sólidas de sílice que ingresan a la vía respiratoria, debido a que la solubilidad de estas para formar ácidos salicílicos es muy reducida o solo lo hacen en el largo plazo, razón por la cual ellas no pueden ser totalmente eliminadas, contenidas o movilizadas química ni mecánicamente del alveolo pulmonar o de los ganglios linfáticos traqueo-bronquiales donde se hallan relativamente fijas.

En la silicosis, los signos y síntomas de enfermedad aparecen tardíamente, igual que la alteración funcional respiratoria. En general, los síntomas se pueden iniciar como una ‘bronquitis’, apareciendo como ‘hallazgo’ en las pruebas radiográficas las opacidades que caracterizan a la silicosis, aunque en este momento la clínica suele ser mínima o nula todavía. Como ya se ha expuesto, en el diagnóstico de silicosis, el antecedente ocupacional es fundamental. Sin antecedente de exposición a polvo no hay silicosis. Por ello, el profesional de la salud y de PRL debe realizar una historia ocupacional exhaustiva, pormenorizada y cronológica que conlleve a investigar exposición a polvo, tipo de polvo, tiempo de exposición y protección ambiental/personal del trabajador (RTVE, 2023).

Pero la silicosis, probablemente la más letal de las enfermedades causadas por la actividad laboral a través de la historia, no es una cuestión del pasado ni circunscrita a la actividad minera. Además del incremento de su incidencia en sectores tradicionales de las economías emergentes, nuevas actividades productivas como el fracking, el desgastado de ropa vaquera con chorro de arena, o la fabricación y mecanizado de los aglomerados de cuarzo han contribuido a su resurgimiento en las sociedades occidentales (Méndez-Navarro, 2021).

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