[LARPSICO] La seguridad y salud en el trabajo, también psicosocial, formará parte de los derechos sociales fundamentales de la OIT

Andalucía, 12/04/2022
Trabajadores reunidos

La Conferencia Internacional del Trabajo n. 110 (junio de 2022), discutirá una Enmienda a la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, para incluir la seguridad y salud en el trabajo

El Consejo de Administración de la OIT acaba de acordad una discusión clave sobre seguridad y salud en el trabajo, a desarrollar en la próxima Conferencia Internacional del Trabajo (n. 110, junio de 2022). Nos referimos a la inclusión de la seguridad y la salud en el trabajo como principio y derecho fundamental en el trabajo. No por esperado (estaba previsto en la Declaración del Centenario de la OIT) deja de ser un paso muy importante, no solo por su valor simbólico, sino también por el avance mundial que supondrá en el tratamiento de las cuestiones de seguridad y salud en el trabajo en general, y psicosociales en particular, como un asunto de derechos sociales fundamentales, no solo de legalidad ordinaria, con menor tutela.

Desde una perspectiva internacional, la eventual -aún probable- aprobación de la enmienda propuesta supondría que todos y cada uno de los Estados miembros de la OIT tendrían la obligación de garantizar y promover entornos de trabajo seguros y saludables, de forma idéntica y con el mismo nivel de eficacia que los cuatro hoy contemplados en la célebre Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, adoptada en 1998. Estas categorías son: la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. Conviene advertir que el compromiso vinculante de los Estados con estos principios y derechos sociales fundamentales lo será al margen de la ratificación o no de cada uno de los Convenios de la OIT que ordenan, con concreción y desarrollo, estas y otras materias. De ahí, pues, la vigencia jurídica universal del estándar internacional social de protección de la seguridad y salud en el trabajo.

Esta decisión del Consejo de Administración no solo está en consonancia con los compromisos asumidos en la Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo, adoptada en 2019, para promover un enfoque centrado en el ser humano para el futuro del trabajo. También guarda estrecha relación, para el ámbito europeo, con el nuevo concepto de “Industria 5.0” . Con él, la UE persigue ofrecer un modelo humanizado de la gestión del trabajo en la contemporánea era digital (Industria 4.0), haciéndola más sostenible y resiliente.

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