[LARPSICO] ¿Es el burnout una enfermedad profesional, según la Organización Mundial de la Salud?

Crece la estimación de prevalencias para el síndrome del quemado y para la fatiga laboral, pero son dos problemas de salud laboral conexos, que no deben confundirse
Andalucía, 14/02/2022
logo OMS

Según la Guía del mercado laboral, 2022, de HAYS (Recruting experts wordwide), una reconocida empresa del sector de la selección de personas (talento profesional), la pandemia de covid19 habría aumentado significativamente la percepción de los colectivos de profesionales de sufrir síntomas compatibles bien con la “fatiga laboral” bien (no es lo mismo) con el “desgaste profesional” o “síndrome de la persona quemada” (bournout). Incluso se da una cifra: el 70 por ciento de estos profesionales afirman que se trata de sensaciones que han aumentado con la triple crisis (sanitaria, económico-laboral y social)(pdf).

Estos problemas de “desgaste profesional” no son en modo alguno privativos de los profesionales del sector sanitario. Así lo evidencia, con carácter general, los estudios realizados por la prestigiosa Fundación Europea de Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound): una de cada cinca personas empleadas sufriría el síndrome de ‘burnout’ en la Unión Europea. En un plano sectorial, muy relevante ha sido el Estudio sobre el nivel de desgaste profesional y engagement en la abogacía española”, realizado y presentado por la “Asociación Humanizando la Justicia” a partir de una amplia encuesta realizada a través de los colegios de abogacía, despachos jurídicos e instituciones. En este estudio se distingue de forma clara, y correcta técnicamente, entre el síndrome típicamente de “desgaste profesional” o síndrome de la persona profesionalmente quemada (burnout) y el problema del agotamiento o fatiga laboral: el 15% de la abogacía española sufriría del síndrome de la persona quemada por su trabajo, mientras que sería el 65% la que padecería “agotamiento laboral”. Esta última situación se relaciona con factores relativos al tamaño del despacho en que se trabaja, el tipo de casos que se lleva (no todos tienen la misma carga emocional), el horario flexible o no y el sexo-género (más las abogadas que los abogados)

Sin embargo, la plena actualidad de esta cuestión se ha puesto de manifiesto, a partir de la reivindicación de CSIF al Gobierno, con ocasión de estudios de desgaste profesional y/o fatiga laboral en el personal sanitario. Este sindicato, de fuerte presencia en las AAPP, acaba de enviar una carta al Ministerio de Trabajo y Economía Social recordando que el “burnout” debiera estar ya reconocido como “enfermedad profesional”, según la CIE-11 de la OMS.

Entra en vigor la revisión de la OMS en virtud de la CIE-11, que cataloga el burnout como un problema de salud relacionado con el empleo (o el desempleo)

Esta petición-reclamación sindical ha tenido un enorme impacto, tanto en las revistas especializadas del sector sanitario, como en los medios de comunicación más generalistas, en el ámbito nacional y autonómico. No es el primer sindicato que así lo demanda. Ya en 2019, cuando la OMS dio a conocer la revisión de la CIE-10 para incluir en la nueva CIE-11 el síndrome de la persona profesionalmente quemada como un “problema de salud asociado al trabajo”, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) hizo análoga petición.

La petición de CSIF se realiza en un escenario parcialmente diferente. Primero, son más los estudios disponibles, sobre todo para el personal sanitario, de medicina y de enfermería, que arrojan evidencias científicas sobre la prevalencia de estos riesgos psicosociales laborales (ansiedad, estrés, fatiga, desgaste profesional), antes y mucho más con la pandemia de covid19.

Por tanto, habría mejorado su medición. Segundo, habría expirado ya, en enero de 2022, la recomendación de la OMS de que los Estados revisarán también sus regulaciones sobre las enfermedades del trabajo para dar más visibilidad y mejor respuesta al burnout. Por tanto, sería ya el momento de la intervención.

Conceptualmente este síndrome se define como:

"una respuesta al estrés laboral crónico integrada por actitudes y sentimientos negativos hacia las personas con las que se trabaja y hacia el propio rol profesional, así como por la vivencia de encontrarse emocionalmente agotado [agotamiento, despersonalización y baja realización personal en el trabajo]. Esta respuesta ocurre con frecuencia…en profesionales de organizaciones de servicios que trabajan en contacto directo con los usuarios de la organización."

¿Pero qué dice realmente la OMS al respecto?

Veamos lo que decía la OMS antes de la revisión. La Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10) consideraba el síndrome de desgaste profesional como “problemas relacionados con la dificultad en el control de la vida” (Z73.0), dentro de la categoría genérica de “personas que entran en contacto con los servicios sanitarios en otras circunstancias”. Es evidente, que tal encuadramiento dificultaba enormemente la reconducción de este problema de salud en el ámbito de la salud laboral, sea en el ámbito preventivo sea en el de la vigilancia de la salud. Ahora, la CIE-11 lo incluye como “problemas de salud asociados con el empleo y el desempleo”, codificado como QD85: Síndrome de desgaste

Loog Organizacion Mundial de la Salud (OMS)Crece la estimación de prevalencias para el síndrome del quemado y para la fatiga laboral, pero son dos problemas de salud laboral conexos, que no deben confundirse.

Según la GUÍA DEL MERCADO LABORAL 2022, de HAYS (Recruting experts wordwide), una reconocida empresa del sector de la selección de personas (talento profesional), la pandemia de covid19 habría aumentado significativamente la percepción de los colectivos de profesionales de sufrir síntomas compatibles bien con la “fatiga laboral” bien (no es lo mismo) con el “desgaste profesional” o “síndrome de la persona quemada” (bournout). Incluso se da una cifra: el 70 por ciento de estos profesionales afirman que se trata de sensaciones que han aumentado con la triple crisis (sanitaria, económico-laboral y social).

Estos problemas de “desgaste profesional” no son en modo alguno privativos de los profesionales del sector sanitario. Así lo evidencia, con carácter general, los estudios realizados por la prestigiosa Fundación Europea de Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound): una de cada cinca personas empleadas sufriría el síndrome de ‘burnout’ en la Unión Europea. En un plano sectorial, muy relevante ha sido el Estudio sobre el nivel de desgaste profesional y engagement en la abogacía española”, realizado y presentado por la “Asociación Humanizando la Justicia” a partir de una amplia encuesta realizada a través de los colegios de abogacía, despachos jurídicos e instituciones. En este estudio se distingue de forma clara, y correcta técnicamente, entre el síndrome típicamente de “desgaste profesional” o síndrome de la persona profesionalmente quemada (burnout) y el problema del agotamiento o fatiga laboral: el 15% de la abogacía española sufriría del síndrome de la persona quemada por su trabajo, mientras que sería el 65% la que padecería “agotamiento laboral”. Esta última situación se relaciona con factores relativos al tamaño del despacho en que se trabaja, el tipo de casos que se lleva (no todos tienen la misma carga emocional), el horario flexible o no y el sexo-género (más las abogadas que los abogados)

Sin embargo, la plena actualidad de esta cuestión se ha puesto de manifiesto, a partir de la reivindicación de CSIF al Gobierno, con ocasión de estudios de desgaste profesional y/o fatiga laboral en el personal sanitario. Este sindicato, de fuerte presencia en las AAPP, acaba de enviar una carta al Ministerio de Trabajo y Economía Social recordando que el “burnout” debiera estar ya reconocido como “enfermedad profesional”, según la CIE-11 de la OMS.

Entra en vigor la revisión de la OMS en virtud de la CIE-11, que cataloga el burnout como un problema de salud relacionado con el empleo (o el desempleo)

Esta petición-reclamación sindical ha tenido un enorme impacto, tanto en las revistas especializadas del sector sanitario, como en los medios de comunicación más generalistas, en el ámbito nacional y autonómico. No es el primer sindicato que así lo demanda. Ya en 2019, cuando la OMS dio a conocer la revisión de la CIE-10 para incluir en la nueva CIE-11 el síndrome de la persona profesionalmente quemada como un “problema de salud asociado al trabajo”, la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) hizo análoga petición.

La petición de CSIF se realiza en un escenario parcialmente diferente. Primero, son más los estudios disponibles, sobre todo para el personal sanitario, de medicina y de enfermería, que arrojan evidencias científicas sobre la prevalencia de estos riesgos psicosociales laborales (ansiedad, estrés, fatiga, desgaste profesional), antes y mucho más con la pandemia de covid19.

Por tanto, habría mejorado su medición. Segundo, habría expirado ya, en enero de 2022, la recomendación de la OMS de que los Estados revisarán también sus regulaciones sobre las enfermedades del trabajo para dar más visibilidad y mejor respuesta al burnout. Por tanto, sería ya el momento de la intervención.

Conceptualmente este síndrome se define como

"una respuesta al estrés laboral crónico integrada por actitudes y sentimientos negativos hacia las personas con las que se trabaja y hacia el propio rol profesional, así como por la vivencia de encontrarse emocionalmente agotado [agotamiento, despersonalización y baja realización personal en el trabajo]. Esta respuesta ocurre con frecuencia…en profesionales de organizaciones de servicios que trabajan en contacto directo con los usuarios de la organización."

¿Pero qué dice realmente la OMS al respecto?

Veamos lo que decía la OMS antes de la revisión. La Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10) consideraba el síndrome de desgaste profesional como “problemas relacionados con la dificultad en el control de la vida” (Z73.0), dentro de la categoría genérica de “personas que entran en contacto con los servicios sanitarios en otras circunstancias”. Es evidente, que tal encuadramiento dificultaba enormemente la reconducción de este problema de salud en el ámbito de la salud laboral, sea en el ámbito preventivo sea en el de la vigilancia de la salud. Ahora, la CIE-11 lo incluye como “problemas de salud asociados con el empleo y el desempleo”, codificado como QD85: Síndrome de desgaste ocupacional.

Gráfico. Fuente INSST.

Factores que influyen en el estado de salud

Según la CIE-11 (siguiendo la evidencia científica en la materia), el síndrome de desgaste profesional es el “resultado del estrés crónico en el lugar de trabajo que no se ha manejado con éxito. Se caracteriza por tres dimensiones: 1) sentimientos de falta de energía o agotamiento; 2) aumento de la distancia mental con respecto al trabajo, o sentimientos negativos o cínicos con respecto al trabajo; y 3) una sensación de ineficacia y falta de realización.”

¿Esto significa necesariamente que la OMS exige a los Estados su tratamiento como una enfermedad profesional?

No necesariamente. De hecho, la propia OMS ya precisó, en 2019, al difundirse una noticia en tal sentido, que la revisión realizada no implicaba la catalogación de este síndrome como una enfermedad profesional propiamente, sino como un problema relacionado o asociado a la salud laboral y la mejora de su gestión preventiva. Esto es, la pretensión de la OMS al dejar claro el origen laboral exclusivo de este síndrome era dar un salto cualitativo para reconocer su naturaleza de riesgo psicosocial de origen laboral. La OMS es muy clara al respecto, y así lo ha evidenciado el INSST, al pasar del origen multicausal, incluso extralaboral de este síndrome, a su origen exclusivamente laboral, asociado a la exposición de las personas a condiciones de trabajo y organizativas perjudiciales para su salud, conduciendo a una situación disfuncional en el entorno de trabajo, ya que: “el síndrome de desgaste ocupacional se refiere específicamente a los fenómenos en el contexto laboral y no debe aplicarse para describir experiencias en otras áreas de la vida” (OMS, 2019).

Por ello, dice, con razón, el INSST, la revisión de la OMS apunta más a la mejora de las políticas de prevención primaria, desde la gestión de la psicosociología laboral, así como, como es lógico, desde las obligaciones de vigilancia de la salud laboral ex art. 22 LPRL. Por lo tanto, la OMS no excluye en modo alguno, pero no exige tampoco, que los daños derivados de no hacer una prevención eficaz de este riesgo profesional y de sus factores agentes se califiquen como una enfermedad profesional. Ahora bien, lo que sí exigiría es que, calificada como enfermedad del trabajo ya por lal doctrina jurisprudencial española ex art. 156 TRLGSS, se eliminará de este precepto la exigencia de exclusividad, en la medida en que ya existe constancia de que, de darse este síndrome, su origen solo puede ser profesional. Por tanto, se califique o no como un tipo de enfermedad profesonal de origen psicosocial (como sí establece la lista, no vinculante, de la OIT, en su revisión de 2010), lo que es evidente es que la persona trabajadora solo debe probar la relación de causalidad con el trabajo, en modo alguno su exclusividad, porque es inherente al síndrome ese origen laboral.

 

Información de autoría
Correo electrónico
Teléfono
955 049 078
Información adicional

Horario de atención telefónica: de 09:00 a 14:30 horas

Compartir en

Índice