[LARPSICO] ¿'Malos tiempos para tener un bebé'?: nuevo acoso por maternidad provoca la salida de la empresa al precio de 80.000 € por daños morales

Andalucía, 23/03/2023
  • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma la indemnización por daños de 80.000 euros a la trabajadora víctima de acoso por maternidad, con condena solidaria de la jefa acosadora y la empresa tolerante.
  • La gravedad de los hechos activa una investigación penal por el Ministerio Fiscal
  • La empresa reconoce haber sancionado a la directiva acosadora y aplicado más cautelas para que no vuelva a suceder, pero no precisa ni la sanción, constando en una red profesional que sigue en la gerencia de la empresa, ni cuáles han sido esas mejoras preventivas

Ahora tienes dos putos bebés, es tu puta decisión”. No es la primera vez, lamentablemente no será la última, que este observatorio da cuenta de una noticia de tribunales relacionado con una situación de acoso moral en el trabajo por razón de maternidad, por tanto, discriminatorio por razón de género. En este caso, la información viene propiciada por la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que habría confirmado otra sentencia de instancia social, según la cual, se condena a una empresa y a una de sus directivas al pago de una indemnización de cierta cuantía (80.000 euros) por los daños morales producidos en una trabajadora, a la que la jefa acosó por haber tenido un hijo. Se trata de una acción extintiva ex art. 50 ET (extinción causal por decisión de la trabajadora, también llamada en el argot de a profesión jurídica dimisión provocada o despido indirecto), por lo que implica que fue la propia trabajadora la que solicitó salid del entorno laboral para evitar el sufrimiento que le provocaba tener que acudir a la empresa en ese entorno de contaminación psicosocial.

¿Y el futuro? No parece que el asunto vaya a quedarse solo en el ámbito laboral y de la acción de responsabilidad laboral e indemnizatoria. Ante la gravedad de los hechos, la Fiscalía ha tomado cartas y ha abierto diligencias de investigación penal. Se trata de una intervención de oficio que, sin embargo, la empresa dice desconocer. En consecuencia, la lesiva conducta de la directiva y la pasividad de la empresa pueden terminar teniendo un coste muy elevado, para aquélla y para ésta. Sorprendentemente, la mujer directiva responsable directa del acoso sigue en la empresa y esta solo reconoce haber impuesto una sanción disciplinaria, que no precisa cuál es, así como informa de la introducción de nuevas medidas o cautelas para evitar que, en el futuro, esto vuelva a suceder.

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