Becas y ayudas individuales

Las personas desempleadas que participen en acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo programadas por la Junta de Andalucía, podrán solicitar las becas y ayudas previstas, siempre que cumplan los requisitos establecidos para cada una de las mismas y que estas acciones cuenten con sesiones presenciales.

Becas de asistencia para Personas con discapacidad

Podrán solicitar las becas para personas con discapacidad aquellas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% mediante un certificado expedido por la Consejería competente en materia de igualdad, bienestar social y/o políticas sociales.Becas de asistencia para otros colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral

En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género la beca tendrá la cuantía prevista en el artículo 7.b) del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género y la acreditación de esta situación se realizará a través de cualquiera de los medios contemplados en el artículo 30 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

Ayudas de Transporte

Se podrá solicitar este tipo de ayuda cuando la persona participante en una acción formativa, cuya jornada lectiva no podrá ser inferior a 4 horas diarias, se tenga que desplazar para asistir a la misma, de un municipio a otro o de un núcleo de población a otro dentro del mismo municipio, siempre que la distancia sea de al menos 10 Km.

Ayudas por desplazamiento a empresas

Se podrá solicitar este tipo de ayuda cuando la persona participante en una acción formativa con horario de mañana y tarde, se tenga que desplazar para asistir a la misma, y entre su lugar de residencia y el municipio de impartición medien al menos 50 Km.

La persona participante no puede estar cursando o haber solicitado estudios de Formación Profesional reglada o universitaria en la provincia en la que se imparte la acción formativa ni tener concedidas otras becas o ayudas para cursar estas enseñanzas.

Ayudas de Alojamiento y Manutención

Se podrá solicitar este tipo de ayuda cuando la persona participante en una acción formativa con jornada lectiva no inferior a 6 horas se tenga que desplazar para asistir a la misma y la distancia entre su residencia y el lugar de impartición sea mayor de 100 kilómetros.

La persona participante no puede estar cursando o haber solicitado estudios de Formación Profesional reglada o universitaria en la provincia en la que se imparte la acción formativa ni tener concedidas otras becas o ayudas para cursar estas enseñanzas.

Ayudas a la Conciliación

Al objeto de permitir a las personas participantes conciliar su asistencia a las acciones formativas con el cuidado de hijos menores de 12 años a su cargo o de familiares dependientes hasta el segundo grado, se podrá solicitar esta ayuda siempre que al inicio de la acción formativa se carezca de rentas de cualquier clase superiores al 75% del "Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples" (IPREM). Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluida la persona solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.

La jornada lectiva de la acción formativa no podrá ser inferior a 4 horas. Es necesario también no haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas ni haberse negado a participar en actividades de promoción, formación o reconversión profesional en el plazo de un mes desde que se agotase el subsidio por desempleo o la prestación contributiva.