Jubilación voluntaria

La normativa vigente en materia de función pública posibilita que el personal docente acceda a la jubilación voluntaria anticipada. Para ello ha de cumplir determinados requisitos que se encuentran debidamente explicitados en el referido portal docente. Sólo puede acceder a esta modalidad de jubilación el personal acogido al régimen de clases pasivas del Estado.

Información adicional

Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes contactarnos a través del Centro de Atención a Usuarios de la Comunidad Educativa llamando a 955405619 o a 900848000 (Teléfonos gratuitos) o a través de nuestro formulario de contacto.

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