Derechos y obligaciones de las partes de un contrato de alquiler

Derechos y obligaciones de las personas inquilinas o arrendatarias

Al alquilar un inmueble cuentas con una serie de derechos que puedes ejercer y unas obligaciones que debes cumplir.

Derechos

  • Puedes realizar obras en la vivienda que has alquilado, siempre que cuenten con el consentimiento expreso y por escrito de la persona propietaria. En caso de discapacidad, puedes realizar obras de acondicionamiento.
  • Tienes derecho a la adquisición preferente de la vivienda en caso de venta. La persona propietaria deberá notificarte por escrito su decisión de vender y darte la opción de ejercer el derecho de tanteo.
  • La persona compradora de una vivienda alquilada debe respetar el contrato de arrendamiento.
  • Una vez cumplida la fecha del contrato, tienes derecho a prorrogarlo anualmente hasta un mínimo de tres años. Además, puedes comunicar tu voluntad de no renovarlo con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato sin necesidad de pagar indemnización.
  • Puedes ceder la vivienda a cualquier persona siempre que se cumplan unos requisitos determinados como que en el contrato no se prohíba la cesión, que la persona propietaria manifieste su consentimiento y que la cesión sea gratuita.
  • La vivienda sólo se podrá subarrendar parcialmente, con el consentimiento previo por escrito de la persona propietaria.
  • Tienes derecho a que te devuelvan la fianza depositada al inicio del alquiler, dado que la misma es para reparar posibles daños y no para garantizar el pago de la renta.

Obligaciones

  • La vivienda debe ser tu domicilio habitual y permanente o de tu cónyuge no separado legalmente o de hecho, o el de tus hijos o hijas dependientes.
  • Debes pagar puntualmente la renta mensual pactada, así como el recibo de todos los suministros que cuenten con aparato contador individual (luz, agua, gas, teléfono, etc.) y las cargas y tributos que se hayan pactado.
  • Pagar la fianza de arrendamiento.
  • Permitir la realización de las obras por parte de la persona propietaria necesarias para la conservación o mejora de la vivienda que no puedan demorarse hasta la terminación del contrato, aunque suponga que dejes de disponer de una parte de la vivienda, en cuyo caso, si la obra dura más de veinte días, el arrendador/a tendrá que disminuirte la renta en la parte proporcional.
  • Si realizas obras para adaptar la vivienda en casos de discapacidad, previo consentimiento de la persona propietaria, estarás obligado al término del contrato a reponer la vivienda al estado anterior, si así se lo exige el propietario/a.
  • Debes hacerte responsable de las pequeñas reparaciones causadas por el uso ordinario de la vivienda.
  • Debes conservar la vivienda y los enseres que contenga en las mismas condiciones que se encontraban.
  • No puedes ceder el contrato sin el permiso por escrito de la persona propietaria.

Derechos y obligaciones de las personas propietarias o arrendadoras

Por otra parte, si estás arrendando un inmueble, también cuentas con unos derechos que puedes ejercer además de unas obligaciones que debes cumplir.

Derechos

  • A acceder al Registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler para obtener información sobre el riesgo que supone arrendar inmuebles a personas que tienen precedentes de incumplimiento de sus obligaciones de pago de renta en contratos de arrendamiento
  • A finalizar el contrato en caso de falta de pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o correspondan a la persona inquilina (gastos de luz, agua, gas, etc.). En este caso puede iniciar un proceso judicial para solicitar el desahucio de esta persona por impago.
  • A no prorrogar obligatoriamente el contrato una vez transcurrido su primer año de duración, en el caso de destinar el inmueble como vivienda permanente para ti o tus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción, o para tu cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
  • A utilizar la fianza para el pago de desperfectos en la vivienda o para los impagos en el consumo de los servicios contratados
  • A cobrar puntualmente la renta. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes.
  • A que te repongan la vivienda en su estado inicial, en caso de que sin tu autorización se hayan realizado obras que modifiquen la estructura de la casa.
  • A realizar obras de mejora, previa notificación por escrito a la persona inquilina.

Obligaciones

  • Entregar la vivienda a la persona inquilina en perfecto estado de conservación.
  • Entregar la vivienda en la fecha pactada por ambas partes. Desde la fecha de entrega de llaves no podrás entrar en la vivienda salvo permiso de la persona inquilina o autorización judicial, aunque la persona inquilina estuviera en ella de forma indebida
  • Poseer un certificado de eficiencia energética de la vivienda a alquilar.
  • Efectuar las reparaciones necesarias, sin derecho a subir la renta, para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, excepto si el deterioro se puede achacar a la persona inquilina o cuando los daños impliquen la destrucción de la vivienda por causas ajenas a la persona propietaria.
  • La realización de obras de mejora pasados cinco años de duración de contrato dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual.
  • Extinguir el arrendamiento en caso de ejecución hipotecaria.
  • Una vez cumplido el primer año de contrato, debes comunicar con dos meses de antelación si no deseas prorrogar el contrato a las personas inquilinas para destinar la vivienda para tu uso propio y permanente o uso de familiares. También debe ocuparse la vivienda por estas personas en un plazo máximo de tres meses a contar desde la extinción del contrato.
  • Si bien las facturas de los suministros, siempre que no se indique lo contrario en el contrato, van a cuenta de la persona arrendataria, debes hacerte cargo de los impuestos como el IBI y las tasas de basura o el seguro del continente de la vivienda, entre otros.

Consulta más detalles sobre derechos y obligaciones de las partes en un contrato de arrendamiento, así como más información de interés (acerca del contrato, la fianza o la renta, entre otros), en la web de Consumo Responde.