Trabajo y discapacidad

Las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho al trabajo a través de los siguientes tipos de empleo:

  • Empleo ordinario, en las empresas y en las Administraciones Públicas, incluido los servicios de empleo con apoyo.
  • Empleo protegido, en centros especiales de empleo y en enclaves laborales.
  • Empleo autónomo para las personas con discapacidad que desean trabajar por cuenta propia.

El Servicio Andaluz de Empleo (SAE) cuenta con un buscador de anuncios de empleo que incluye las ofertas dirigidas a personas con discapacidad. Para seleccionarlas, se debe marcar afirmativamente la casilla de 'Anuncio para personas con discapacidad' que se encuentra ubicada en la parte superior del buscador.

Empleo ordinario

En empresas

Las empresas de 50 o más personas empleadas están obligadas a reservar el 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad. El cumplimiento de la cuota de reserva se puede sustituir por acciones alternativas, como el establecimiento de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo o un trabajador autónomo con discapacidad o la realización de donaciones y acciones de patrocinio.

Empleo público

En los procesos selectivos de la administración autonómica se establecen diferentes medidas para el acceso a la función pública de personas con discapacidad. Infórmate sobre los cupos, las tasas y adaptación de medios para la realización de los ejercicios.

Empleo protegido

Centros Especiales de Empleo

Los Centros Especiales de Empleo ofrecen trabajo protegido a las personas andaluzas con discapacidad. Se trata de empresas productivas compuestas, al menos, por un 70% de personas con discapacidad.

Estos centros desarrollan actividades con unos niveles de eficiencia y calidad equiparables a cualquier empresa que compita en el mercado.

Los Centros Especiales de Empleo también tienen destinadas una serie de ayudas. Consúltalas en el Catálogo de Procedimientos y Servicios.

Empleo autónomo

Existen beneficios específicos para las personas con discapacidad que deseen trabajar por cuenta propia. Entre ellos cabe destacar las reducciones a la Seguridad Social para trabajadores y trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o la deducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).