Control, calidad y certificación

Inspección y control agroalimentarios

Puedes consultar información sobre los controles de inspección y control en materia de calidad agroalimentaria, así como del etiquetado de carne de vacuno, de los operadores del sector lácteo y de la Red de Laboratorios Agroalimentarios y Estaciones Enológicas de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural a través del siguiente enlace:

Denominación de Calidad Diferenciada

La denominación de calidad diferenciada tiene como objetivo fundamental proteger y contribuir en la promoción de los productos agroalimentarios que tienen atributos de calidad adicional, derivados del cumplimiento de normas que van más allá de las exigencias obligatorias de la calidad comercial estándar.

Gusto del Sur 

Este nuevo sello de calidad agroalimentaria se otorgará a aquellos productos andaluces medioambientales sostenibles, saludables y seguros. La marca distingue la excelencia de los productos de nuestra Comunidad Autónoma que aúnan tradición e innovación. Esta nueva marca deroga la anterior marca 'Calidad Certificada'.

Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA)

Para mejorar el control sobre la seguridad alimentaria, este registro ahonda en la trazabilidad de los alimentos para conocer de dónde vienen, hacia dónde se transportan, a través de qué medio y cuál es su destino.

Las más de 295.000 explotaciones agrarias y forestales que actualmente existen en Andalucía quedarán inscritas en el REAFA, el cual combina información geográfica y alfanumérica para permitir la organización, gestión, análisis y modelización de grandes cantidades de datos agronómicos, ambientales y económicos vinculados a cada explotación. 

Más información sobre el REAFA en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.

Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT)

Para garantizar la seguridad de los alimentos que llegan a las personas consumidoras, está vigente el DAT, con el objetivo de organizar y controlar el transporte, mejorar la trazabilidad, así como acreditar el origen y destino de los productos.

Las personas destinatarias deberán conservar el DAT durante al menos cinco años desde que lo reciban y habrán de tenerlo disponible para aportarlo en cualquier momento a requerimiento de los agentes de la autoridad, en el traslado de los productos sin transformar desde las explotaciones hasta los lugares de almacenamiento o los primeros destinos de comercialización. 

Más información sobre el DAT en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.

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