Formación y licencias

La práctica del ejercicio de la caza o de la pesca continental en Andalucía requiere la obtención previa de la licencia correspondiente y la concertación de un seguro obligatorio de responsabilidad civil.

Para obtener una licencia de caza o pesca continental en Andalucía debes ser persona acreditada en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental.

Para ello, debes superar un examen, realizar un curso específico o poseer experiencia previa reconocida por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía.

Una vez obtenida la Tarjeta de identificación del Cazador y/o Pescador, y el resto de documentación necesaria, se podrá obtener la licencia de caza o pesca continental y desarrollar la actividad. La licencia se puede obtener a través de internet (acceso al trámite), de la Federación Andaluza de Caza (solo licencias de caza) y a través de una entidad bancaria colaboradora (podrá obtener su licencia en el acto).

Asimismo, la posesión de rehalas con fines de caza y la utilización de embarcaciones exigirán la expedición de licencia como medio auxiliar de caza o pesca de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. El Número de Identificación Registral de Medios Auxiliares (NIRA) se obtiene inscribiendo la embarcación en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental de Andalucía como medio auxiliar de pesca. Para ello, hay que dirigirse a la Delegación Territorial de la Consejería competente correspondiente y registrar la embarcación, indicando las características de la misma.

Licencias de caza y pesca continental

Las personas que quieran practicar la caza o la pesca continental pueden solicitar la licencia correspondiente siempre y cuando estén habilitadas para ello por una de las vías siguientes:

  • Estar inscrito en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental de Andalucía y, por tanto, poseer el Número de Inscripción Registral (NIR).
  • Poseer la aptitud y el conocimiento, reconocidos por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
  • Haber superado el examen en las convocatorias efectuadas a tal fin, por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
  • Haber realizado un curso, con aprovechamiento, en algunas de las entidades homologadas por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
  • Acreditar la concertación del seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador y del pescador.
  • No encontrarse inhabilitado por resolución administrativa o sentencia judicial firme.
  • Abonar las tasas correspondientes (salvo los mayores de 65 años, que están exentos).

Cómo obtener, renovar o modificar la licencia

Consulta toda la información disponible sobre las licencias, como los distintos tipos existentes, las tasas de tramitación y los detalles del procedimiento de obtención:

Los órganos tramitadores de las licencias de caza o pesca son las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul:

Para la obtención o renovación de la licencia por internet, se puede realizar de manera telémática accediendo al trámite de Expedición de licencias del cazador y/o del pescador:

Para modificar en la licencia datos como su fecha de nacimiento, nombre, apellidos o DNI, deberá remitir por carta una fotocopia de su DNI a:

  • Apartado de correos 1142, 41080, Sevilla.

Más información en la página del Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental del Portal Ambiental de Andalucía

Habilitación para el ejercicio de la caza y la pesca continental

Consulta la información relativa a la habilitación para el ejercicio de la caza y la pesca continental en Andalucía, a través de exámenes y cursos homologados:

Tarjetas del cazador y del pescador

Las personas habilitadas para el ejercicio de la caza o la pesca en Andalucía se inscribirán en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental, que pueden acreditar mediante una tarjeta de identificación.

Puedes solicitar tu tarjeta o modificar los datos de la misma en el siguiente enlace:

Pesca marítima de recreo

Mediante el Decreto 205/2023, de 29 de agosto, se regula la pesca marítima recreativa en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La pesca marítima de recreo de especies marinas se realiza por ocio o deporte, sin ánimo de lucro ni interés comercial y con útiles e instrumentos no profesionales.

Existen distintos tipos de licencias para pescar desde tierra, con embarcación, o realizar pesca submarina. Además de poseer esta licencia, las personas que realicen esta actividad deben respetar una serie de restricciones en cuanto al volumen de capturas, las tallas mínimas, las temporadas y las especies permitidas.

 

Trámites de los cotos de caza

Consulta los diferentes trámites administrativos relativos a los cotos de caza, como la autorización para su constitución, la ampliación o segregación de su base territorial, y la modificación de la titularidad del coto.

Más información