Formación y seguridad laboral

Una de las obligaciones de los empresarios y empresarias consiste en garantizar la seguridad y la salud de la plantilla en cualquier aspecto relacionado con su actividad laboral. Es necesario cumplir una serie de requisitos establecidos en la normativa:

  • Evaluación de los riesgos asociados a la actividad
  • Elaboración de un plan de prevención de riesgos laborales
  • Proporcionar equipos de protección individual adecuados
  • Formación del personal en prevención de riesgos
  • Vigilancia de la salud
  • Protección de las personas trabajadoras especialmente sensibles a ciertos riesgos

Plan de Prevención en Riesgos Laborales

Es la herramienta fundamental que integra la seguridad y salud de la plantilla en la gestión de la empresa.

El plan habrá de reflejarse en un documento que quede a disposición de autoridades laborales, sanitarias y de los representantes de las personas trabajadoras. El documento debe incluir:

  • La identificación de la empresa, de su actividad productiva, el número y características de los centros de trabajo
  • El número de personas empleadas y sus características con relevancia en la prevención de riesgos laborales
  • La estructura organizativa de la empresa
  • La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes
  • La política, los objetivos y metas que en materia preventiva pretende alcanzar la empresa
  • Los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos que se destinan a la prevención

Las bases sobre las que se asienta el plan deben ser la evaluación de riesgos (no sólo al principio de la actividad, sino continuadamente) y la planificación de la actividad preventiva.

Formación

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales hace especial hincapié en la adecuada formación de los trabajadores y trabajadoras en esta materia, indicando que es una obligación del empresariado asumirla para evitar riesgos. El incumplimiento de esta obligación está catalogado como falta grave.

Es importante que se establezcan medidas de formación en riesgos laborales:

  • En el momento de la contratación
  • Cuando se introduzcan cambios en las funciones que asume el trabajador/a
  • Si se introducen nuevas tecnologías, maquinaria o equipos de trabajo

La formación debe ser específica para cada puesto de trabajo y debe impartirse dentro de la jornada laboral o preveer el descuento del tiempo empleado en la misma.

Servicios de información

Atención en Andalucía

Tanto empresas como las personas trabajadoras pueden recurrir a la Junta de Andalucía para informarse acerca de cualquier aspecto relacionado con la salud en el trabajo y la prevención de riesgos laborales.

Pueden hacerlo por teléfono a través de la 'Línea de Información y Colaboración Ciudadana en materia de Prevención de Riesgos Laborales' 

  • Teléfono: 955 063 910 en horario de 8.00 a 20.00 horas

o escribiendo a la dirección de correo electrónico habilitada al efecto

Asimismo, cualquier persona interesada puede dirigirse al Centro de Prevención de Riesgos Laborales situado en su provincia, donde le atenderán presencialmente o acceder a la información y actividades que publica en su web del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

Prevención10

Se trata de un servicio público gratuito de asesoramiento en prevención de riesgos laborales para empresas de hasta 25 personas empleadas.

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