Ayuda y glosario

A continuación te ofrecemos una serie de definiciones de los principales conceptos que se utilizan en el apartado de presupuestos.

A - D

Agencias administrativas

Las agencias administrativas son entidades públicas encargadas de prestar o gestionar servicios públicos y otras actividades administrativas. Tienen el mismo régimen que la Administración de la Junta de Andalucía. Las agencias administrativas se adscriben a una Consejería.

Agencias de régimen especial

Las agencias de régimen especial son entidades públicas encargadas de prestar o gestionar servicios públicos y otras actividades administrativas siempre que se les asignen funciones que impliquen ejercicio de autoridad que requieran especialidades en su régimen jurídico. Se rigen por el Derecho Administrativo, sin perjuicio de la aplicación del Derecho Privado en aquellos ámbitos en que su particular gestión así lo requiera. Las agencias de régimen especial se adscriben a la Consejería competente por razón de la materia. Excepcionalmente pueden adscribirse a una agencia administrativa o de régimen especial cuyo objeto consista en la coordinación de varias de ellas.

Agencias públicas empresariales

Las agencias públicas empresariales son entidades públicas encargadas de prestar o gestionar servicios o producir bienes de interés público, y que aplican técnicas de gestión empresarial en ejecución de competencias propias o de programas específicos de una o varias Consejerías, en el marco de la planificación y dirección éstas. Las agencias públicas empresariales se adscriben a una o varias Consejerías. Excepcionalmente, pueden adscribirse a una agencia cuyo objeto además consista en la coordinación de varias de ellas.

Clasificación económica

La clasificación económica de los estados de gasto permite conocer en qué se gastan las partidas del Presupuesto.

Con la Orden de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba la relación actualizada de los códigos que componen la clasificación económica de los ingresos y se establecen las definiciones de los recursos que integran cada uno de dichos códigos, y asimismo se aprueba la relación actualizada de los códigos que componen la clasificación económica de los gastos, y se establecen las definiciones de los conceptos del gasto a imputar a cada uno de estos códigos.

Los anexos Anexos I y II de la citada Orden de 7 de julio de 2020 han sido modificados por la Resolución de 26 de enero de 2022 (pdf), y por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (pdf).

Dicha norma proporciona a la ciudadanía información sobre el contenido del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, lo que redunda en el principio de seguridad jurídica y posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos, facilitando las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Clasificación funcional y por programas

La clasificación funcional y por programas permite conocer para qué se emplean los fondos públicos. Las funciones identifican la finalidad para la que se piensa emplear los fondos públicos. Los programas ponen de manifiesto objetivos concretos que pretenden lograrse con unos recursos presupuestarios específicos.

Clasificación orgánica

La clasificación orgánica de los estados de gasto permite conocer quién gasta, dónde se gasta y cuál es el origen de los fondos empleados.

Consorcios adscritos a la administración de la Junta de Andalucía

Los consorcios son organizaciones personificadas de gestión constituidas por la Administración de la Junta de Andalucía y otras Administraciones Públicas, y entidades públicas o privadas, para la consecuión de finalidades de interés común.

Constantes vs. Corrientes

Las magnitudes monetarias 'corrientes' son las observadas en cada momento temporal, sin ajustes. Las magnitudes denominadas 'constantes' son las que han sido ajustadas para neutralizar el efecto de la inflación a lo largo del tiempo con el fin de comparar los precios relativos en dos momentos temporales distintos.

Déficit

El déficit es la situación que se produce cuando el gasto anual no puede financiarse sin acceder al crédito.

Derechos reconocidos

Ingresos exigibiles a favor de la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas.

Deuda pública

Cómputo de los créditos obtenidos por la hacienda pública, bien mediante préstamos con entidades financieras o bien mediante títulos valores ofrecidos al público.

E -  I

Escala G+

Clasificación de los programas presupuestarios que nos permite centrar el interés en aquéllos que son motores de convergencia en igualdad de género.

  • G+: Programas de gran capacidad transformadora, impacto y relevancia funcional reconocida para la convergencia hacia la igualdad de hombres y mujeres.
  • G: Programas de bajo impacto, reducida capacidad transformadora o relevancia funcional escasa.
  • g1: Programas con incidencia sobre personas fundamentalmente de carácter interno o instrumental.
  • g0: Programas sin incidencia directa sobre personas e incidencia indirecta nula o baja.

Fundaciones del sector público andaluz

Las Fundaciones del sector público andaluz se clasifican dentro de las entidades instrumentales privadas de la Administración de la Junta de Andalucía, por su naturaleza jurídica privada. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad. El concepto y régimen jurídico de las fundaciones del sector público andaluz será el previsto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Gasto ejecutado

Total de obligaciones contraídas por la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial.

Gastos financieros y amortización de la deuda pública

Recoge las variaciones de activos y pasivos financieros (capítulos 8 y 9 de la clasificación económica del estado de gastos).

Gastos no financieros

Agrupa los gastos corrientes, necesarios para el desarrollo de la actividad, entre los que se incluyen los gastos de personal, de funcionamiento, de financiación y transferencias corrientes, así como los gastos de capital, destinados a producir bienes de inversión.

Género

Gama de roles, relaciones, características de la personalidad, actitudes, comportamientos, valores, poder relativo e influencia, socialmente construidos, que la sociedad asigna a ambos sexos de manera diferenciada. A diferencia del sexo, que es biológico, el género es una identidad adquirida y aprendida que varía ampliamente intra e interculturalmente. El género es relacional, ya que no se refiere exclusivamente a las mujeres o a los hombres, sino a las relaciones entre ambos.

Impuesto especial sobre determinados medios de transporte

Impuesto Especial que grava la matriculación de vehículos.Son impuestos de titularidad estatal cedidos a las Comunidades Autónomas, regulados en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales y el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.

Impuestos 

Cargas obligatorias que las personas tienen que pagar para financiar a las Administraciones Públicas.

Impuestos directos

Impuestos que recaen sobre las fuentes de renta o la propiedad, así como sobre las adquisiciones gratuitas de ésta.

Impuestos ecológicos

Impuestos que tienen como finalidad desincentivar o reducir actividades que resultan perjudiciales para el medioambiente. Vienen regulados en la Ley 18/2003, de Medidas Fiscales y Administrativas, que crea cuatro impuestos, denominados Impuestos ecológicos:

  • Impuesto sobre emisiones de gases a la atmósfera
  • Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales
  • Impuesto sobre depósitos de residuos radioactivos. Actualmente no se aplica pues el Estado creó un impuesto con idéntico hecho imponible
  • Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Impuestos especiales

Impuestos que recaen sobre consumos específicos y gravan la fabricación e importación de determinados productos objeto de imposición. Se incluyen:

  • Impuestos Especiales sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas
  • Impuesto sobre Hidrocarburos. Más información
  • Impuesto sobre las Labores del Tabaco
  • Impuesto sobre la Electricidad

Son impuestos de titularidad estatal cedidos a las Comunidades Autónomas, con carácter parcial con el límite máximo del 58% de cada uno de ellos, con la excepción del Impuesto sobre la Electricidad, que está cedido totalmente. Están regulados en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre y el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.

Impuestos indirectos

Gravan manifestaciones indirectas de la capacidad económica del contribuyente como la producción, el consumo o las transmisiones de bienes o derechos.

Impuesto sobre depósitos de clientes de entidades de crédito de Andalucía

Impuesto por el que contribuyen las entidades de crédito que operen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía por los depósitos de clientes. Está creado y regulado por la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad. Este Impuesto no se aplica actualmente puesto que el Estado creó un tributo con idéntico hecho imponible. De modo que Andalucía percibe una compensación estatal.

Impuesto sobre el juego del bingo

El objeto de este tributo está constituido por el pago de premios en el juego del bingo en cualquiera de sus modalidades. Son sujetos pasivos aquellos que organicen el juego del bingo, quienes repercutirán el importe del impuesto a los jugadores premiados en cada partida. Es un tributo propio creado por la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante la Ley 17/1999, de 28 de diciembre.

Impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas

Recae sobre el patrimonio neto del que sean titulares las personas físicas a 31 de diciembre de cada año. Es un impuesto de titularidad estatal cedido a las Comunidades Autó­nomas regulado por la Ley 19/1991, de 6 de junio.

El Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre, ha modificado la Ley autonómica 5/2021 de tal forma que se crea un nuevo artículo 25 bis según el cual se establece que, con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa del Estado se aplicará, sobre la cuota resultante, una bonificación autonómica del 100% de dicha cuota si esta es positiva.

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

Recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones:

  • Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales
  • Las adquisiciones intracomunitarias de bienes
  • Las importaciones de bienes

Es un impuesto de titularidad estatal cedido a las Comunidades Autónomas, con carácter parcial con el límite máximo del 50%. Está regulado por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre y el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.

Impuesto sobre la renta de las persons físicas (IRPF)

Impuesto que recae sobre la renta de las personas físicas teniendo en cuenta sus circunstancias personales y familiares. Es de titularidad estatal y el 50% del rendimiento está cedido a las Comunidades Autónomas. Está regulado por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Impuesto que grava las adquisiciones patrimoniales gratuitas por personas físicas, ya sean por causa de muerte o por donaciones inter vivos. Es un impuesto de titularidad estatal cedido a las Comunidades Autó­nomas regulado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Se trata de un impuesto complejo porque grava diferentes hechos imponibles, por lo que se suele dividir en tres impuestos diferentes:

  • El de transmisiones patrimoniales, que grava todas aquellas transmisiones de bienes que no se encuentran gravados por el IVA.
  • El de Actos Jurídicos Documentados, que grava la formalización de determinados documentos notariales, mercantiles y administrativos.
  • El impuesto sobre operaciones societarias grava la constitución, aumento y disminución de capital, fusión, escisión y disolución de sociedades, las aportaciones que efectúen los socios para reponer pérdidas sociales y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social.

El titular es el Estado y está cedido a las Comunidades Autónomas y regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre y el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo (el cual ha tenido modificaciones posteriores que anulan total o parcialmente algunos de sus artículos).

Impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos

Tributo que recae sobre el consumo de hidrocarburos, gravando en fase única, las ventas minoristas de los productos comprendidos en su ámbito objetivo.
Es un impuesto de titularidad estatal cedido a las Comunidades Autónomas.
Está regulado por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Andalucía ha introducido normas adicionales y complementarias a través del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, modificado por el Decreto Ley 3/2009, de 22 de septiembre, la Ley 8/2010, de 14 de julio y la Ley 11/2010, de 3 de diciembre.

Inflación

Es el aumento generalizado y sostenido de los precios durante un período de tiempo, generalmente un año. Una medida frecuente de la inflación es el Índice de Precios al Consumo (IPC). El IPC mide la evolución del conjunto de bienes y servicios que consume la población residente en viviendas familiares en España.

Ingresos ejecutados

Ingresos exigibles a favor de la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial.

Inversión pública

La inversión pública engloba los gastos de capital, destinados a producir bienes de inversión: obras, infraestructura, servicios, desarrollo de proyectos productivos, etc.

P - R

Política de gasto

Agrupación de programas presupuestarios que identifica la finalidad para la que se piensa emplear los fondos públicos.

Precios públicos

Pagos que cobra una administración pública por la prestación de un servicio que podría prestarse también por una empresa privada.

Presupuesto

El Presupuesto de la Junta de Andalucía es la expresión cifrada de las previsiones de ingresos y del límite de gastos necesarios para la consecución de los objetivos anuales del Gobierno.

Presupuesto consolidado

Es el que resulta de la eliminación de las transferencias internas entre las distintas Consejerías y Agencias (Administrativas, de Régimen Especial y Públicas Empresariales) y Consorcios.

Presupuestos con perspectiva de género

Es un presupuesto en el que se han examinado sistemáticamente y se han evaluado las asignaciones y los ingresos con un enfoque de género, identificando posibles diferencias en cuanto al impacto sobre hombres y mujeres.

Previsión inicial

Previsión de los ingresos que se van a liquidar durante el ejercicio económico contenida en el Presupuesto aprobado por el Parlamento.

Programa presupuestario

El programa presupuestario agrupa los gastos concretos atendiendo a los objetivos que se pretenden cumplir. Dentro de cada programa se detallan los objetivos que se pretenden alcanzar, las actividades a desarrollar y los recursos necesarios, así como los indicadores apropiados para mediar la consecución de dichos objetivos y actuaciones. En cualquier programa se producen gastos de diversos tipos (inversiones, gastos en bienes y servicios, gastos de personal...), que se incluyen en los correspondientes capítulos presupuestarios.

Recaudación

Realización de los derechos que constituyen el haber de la Junta de Andalucía, de sus Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial.

S - T

Sociedades mercantiles del sector público andaluz

Las Sociedades Mercantiles son organizaciones personificadas de gestión constituidas bajo esta fórmula societaria por la Administración de la Junta de Andalucía y otras Administraciones Públicas, y entidades públicas o privadas, para la consecuión de finalidades de interés común. Se clasifican dentro de las entidades instrumentales privadas de la Administración de la Junta de Andalucía, por su naturaleza jurídica privada. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad. Tienen la consideración de sociedades mercantiles del sector público andaluz las previstas en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las sociedades mercantiles del sector público andaluz tendrán por objeto la realización de actividades comerciales o de gestión de servicios en régimen de mercado, actuando bajo el principio de la libre competencia.

Tasas

Es el pago que una persona realiza por la utilización de un servicio público. El pago es voluntario, supeditado sólo por la necesidad del usuario de acceder al servicio.

Tasas fiscales sobre el juego

El objeto de este tributo está constituido por la autorización, celebración u organización de juegos de suerte, envite o azar. Es un tributo de titularidad estatal cedido a las Comunidades Autónomas, regulado por el Real Decreto-Ley 16/1977, de 25 de febrero, y por el Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre.

Transferencias corrientes del estado

Incluye los ingresos procedentes del Estado, que junto con los impuestos cedidos le corresponden a la Comunidad Autónoma, para la financiación de los servicios transferidos, así como otros ingresos para gastos de funcionamiento o ayudas sociales.

Transferencias corrientes del exterior

Incluye las ayudas a rentas del FEOGA-garantía y otras ayudas para gastos corrientes procedentes de la Unión Europea.

Transferencias corrientes del presupuesto de gastos

Las transferencias corrientes son créditos destinados a efectuar pagos, condicionados o no, sin contrapartida directa, tanto para la financiación de operaciones genéricas o transferencias, como para la financiación de operaciones corrientes con un fin concreto específico o subvenciones. Igualmente contempla los gastos corrientes, en los que incurre la Administración, por la adquisición de bienes, derechos o servicios con la finalidad exclusiva de ser entregados a terceros en calidad de ayudas en especie.

Transferencias de capital del estado

Ingresos procedentes del Estado para inversiones.

Transferencias de capital del exterior

Incluye las ayudas de la Unión Europea destinadas a inversión, las ayudas de fondos estructurales y el Fondo de Cohesión y los instrumentos no estructurales FEADER (para ayuda al desarrollo rural) y FEP (a favor del desarrollo sostenible del sector pesquero).

Transferencia de capital del presupuesto de gastos

Las transferencias de capital son créditos destinados a efectuar pagos, condicionados o no, sin contrapartida directa, tanto para la financiación de operaciones genéricas o transferencias, como para la financiación de operaciones de capital y financieras (inversiones, préstamos y deuda pública).

 

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