Tasa por servicios de inspección y facultativos en vertidos al dominio público hidráulico y al dominio público marítimo-terrestre

Nota: para esta tasa se ha publicado con fecha de 10 de febrero corrección de errores en BOJA. Se puede acceder a la misma en el siguiente enlace

Actualización 2024 (artículo 39, Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.)

Tasa por servicios de inspección y facultativos en vertidos al dominio público hidráulico y al dominio público marítimo terrestre Cuota Tributaria
Por cada inspección sectorial en materia de autorización de vertidos al dominio público hidráulico o al dominio público marítimo-terrestre conforme a los siguientes criterios de población y volumen:
  Vertidos Urbanos.
  Población (habitantes equivalentes) Importe
  >50.000 402,58 euros
  >10.000 – 50.000 303,56 euros
  >2.000 – 10.000 204,53 euros
  >250 – 2.000 105,5 euros
  Vertidos Industriales.
  Tipo de actividad Volumen (m3) -- Importe
  Industriales con sustancias peligrosas Independiente -- 600,65 euros
  Grupo 1. Industrias de los sectores químicos, metales, maderas, papel, refinerías, extractoras y varios.
Polígonos industriales.
>100.000 -- 600,65 euros
  30.000 – 100.000 -- 501,62 euros
  <30.000 -- 402,58 euros
  Grupo 2. Industrias de los sectores agroalimentarios y afines (mataderos, lácteos, bodegas, comestibles-bebidas y resto de sectores).
Desaladoras y piscifactorías.
Estaciones de servicio.
>100.000 -- 501,62 euros
  >50.000 – 100.000 -- 402,58 euros
  5.000 – 50.000 -- 303,56 euros
  <5.000 -- 204,53 euros
Beneficios fiscales
Estarán exentos del pago de la tasa aquellos sujetos pasivos que en ese mismo ejercicio hayan devengado una tasa por servicio de inspección en materia de autorizaciones ambientales integradas o unificadas de las instalaciones asociadas al vertido.
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