Convenio específico de colaboración relacionado con la cualificación profesional SEA595_2, operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural.

Fecha de suscripción
Documento
Partes firmantes
Consejería de Educación
Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía
Unión General de Trabajadores de Andalucía.
Duración
El presente Convenio específico tendrá vigencia desde la firma del mismo hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha en la que está prevista la finalización del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de las cualificaciones objeto del presente Convenio reflejadas en la cláusula tercera.

Objeto

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Consejería de Educación, la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía y la Unión General de Trabajadores de Andalucía, para la puesta en marcha de la convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, para la cualificación profesional recogida en la estipulación tercera, en el marco del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Obligaciones económicas

La financiación de los gastos derivados de la gestión y de la fase de evaluación del procedimiento objeto del presente Convenio que a continuación se desglosan, serán asumídos por la Consejería de Educación Educación, y que suman 98.854,00 euros:

  • Gastos correspondientes a la compensación económica de todas las personas evaluadoras incluidas aquellas que ostenten la Presidencia y la Secretaría. de las Comisiones de Evaluación que deberán estar creadas durante la fase de evaluación del procedimiento. en base a la previsión de plazas descrita en la cláusula tercera del presente Convenio.

  • Gastos derivados del uso de los centros de referencia del procedimiento y del material necesario para la realización de la fase de evaluación en dichos centros. así como las indemnizaciones a las personas coordinadoras de los mismos y a la coordinadora económica del procedimiento.

  • Gastos correspondientes al tratamiento de las solicitudes y documentos presentados por las personas solicitantes, para determinar la selección de aquellas que participarán en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias.

  • Las tareas de gestión, informacióny orientación del procedimiento son asumidas conmedios técnicos y humanos propios, sin que suponga un gasto adicional que requiera inversión presupuestarla.

Cada parte ejecutará el pago de los gastos asumidas. La cobertura económica de los gastos asumidos por la Consejería de Educación queda determinada en la Memoria Funcional y Económica, y serán financiados por la Junta de Andalucía con cargo a la aplicación presupuestaria 42D.229.31.01. El pago y su justifícación se realizará tras la finalización del procedimiento de acreditación de competencias a convocar.

Índice