Reglamento de la nueva Ley del Clima

El pasado 24 de junio el Parlamento Europeo dio luz verde a la propuesta de Reglamento de la nueva Ley del Clima, que había sido acordado de manera informal con el Consejo en el mes de abril. La norma transforma el compromiso político del Pacto Verde de alcanzar la neutralidad climática en 2050 en una obligación. Con el fin de lograr este objetivo de neutralidad climática, el objetivo climático vinculante de la Unión para 2030 consistirá en una reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (emisiones una vez deducidas las absorciones) de un 55 % como mínimo con respecto a los niveles de 1990, de aquí a 2030. Para ello la Comisión propone la adopción de una trayectoria de 2030-2050 a escala de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, medir los progresos y ofrecer previsibilidad a las autoridades públicas, las empresas y los ciudadanos, exigiendo en igual medida la actuación de los Estados miembros en línea con este reglamento.

En su Comunicación de 28 de noviembre de 2018 titulada “Un planeta limpio para todos. La visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera,moderna, competitiva y climáticamente neutra”, la Comisión exponía una visión que pretende conseguir de aquí a 2050 las cero emisiones netas de gases de efecto invernadero en la Unión por medio de una transición socialmente justa realizada de manera rentable.

El paquete “Energía limpia para todos los europeos” ha estado aplicando un ambicioso programa de descarbonización, especialmente mediante la creación de una Unión de la Energía sólida, que incluye objetivos para 2030 en relación con la eficiencia energética y el despliegue de las energías renovables.

El pasado 24 de febrero la Comisión Europea adoptó una nueva Estrategia de la UE sobre adaptación al cambio climático, que establece el camino para prepararse ante sus efectos inevitables.

En este contexto tanto el Parlamento como el Consejo Europeos han apoyado el objetivo a largo plazo de neutralidad climática de la UE, por lo que el 24 de junio del presente año el Parlamento respaldó la propuesta de Reglamento de la Ley del Clima, lanzada por la Comisión Europea en marzo de 2020, y que había sido acordado de manera informal con el Consejo el pasado mes de abril. La norma transforma el compromiso político del Pacto Verde de alcanzar la neutralidad climática en 2050 en una obligación.

Se establece que las emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero reguladas en la legislación de la Unión estarán equilibradas a más tardar en 2050, por lo que en esa fecha las emisiones netas deben haberse reducido a cero. Con el fin de lograr este objetivo de neutralidad climática, el objetivo climático vinculante de la Unión para 2030 consistirá en una reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (emisiones una vez deducidas las absorciones) de un 55 % como mínimo con respecto a los niveles de 1990, de aquí a 2030.

Para ello la Comisión propone la adopción de una trayectoria de 2030-2050 a escala de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, medir los progresos y ofrecer previsibilidad a las autoridades públicas, las empresas y los ciudadanos. Igualmente se exigirá a los Estados miembros que formulen y apliquen estrategias de adaptación para reforzar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad ante los efectos del cambio climático. De acuerdo a sus normas nacionales cada Estado miembro establecerá un diálogo multinivel sobre clima y energía con las partes interesadas.

Por otra parte el establecimiento de una gobernanza sólida del objetivo de neutralidad climática de la UE para 2050 contribuirá a garantizar que la UE siga avanzando hacia su consecución. 

La Ley de Clima incluye medidas para hacer un seguimiento de los avances y ajustar las acciones en consecuencia. Para ello, cada cinco años se examinarán los progresos registrados, en consonancia con el balance mundial del Acuerdo de París. A la par que se efectúa esta revisión, como máximo en septiembre de 2023, y posteriormente cada cinco años, la Comisión evaluará la coherencia de las medidas nacionales y de la UE con el objetivo de neutralidad climática y la trayectoria de 2030-2050.

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